Bienvenidos al blog OFICIAL de Izquierda Unida Lopera. Desde aqui os informaremos puntualmente de plenos, e información relacionada con el Ayuntamiento.

También recordamos que te atendemos personalmente de lunes a viernes en el Ayuntamiento en horario de oficina.

viernes, 27 de junio de 2014

La Justicia da la razón a IU en el caso de la corrala utopía

Querían meter en el mismo saco del PPSOE a IU en el Gobierno andaluz y ha salido la jugada mal, nuevamente queda en evidencia la presidenta de la Junta de Andalucía quien, como recordaréis, quitó competencias a la Consejera de IU Elena Cortés por los realojos de la corrala utopía. En este blog usuarios en defensa del PSOE dejaron comentarios atacando a IU por este hecho, y ahora nos gustaría saber su opinión cuando ya avisamos que se hizo de forma legal.


Fuente Europa press:
La sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha archivado la denuncia presentada por el sindicato Manos Limpias contra la consejera de Fomento y Vivienda de la Junta, Elena Cortés (IULV-CA), por un presunto delito de prevaricación en relación al proceso de realojo provisional de familias con menores y en exclusión social desalojadas de la Corrala Utopía.
   Según el auto del TSJA, consultado por Europa Press, los realojos provisionales fueron "inducidos por el mandado judicial de proveer lo necesario para el realojo de familias con menores o en riesgo de exclusión social" y que "no es sino el reflejo de una decisión política que se implementa a través de resoluciones administrativas que no pueden reputarse de prevaricadoras".
   Así, el magistrado apunta que éstas "no están inspiradas por una finalidad arbitraria o injusta, sino por la necesidad de atender a una situación urgente, por mandato judicial; se dictan tras una actividad coordinada con otras administraciones e instituciones (Ayuntamiento de Sevilla y Defensor del Pueblo Andaluz) de la que no resultó una propuesta viable concreta cuando el desalojo físico de las viviendas indebidamente ocupadas ya se había producido; y no carecen de cobertura jurídica, por encontrar amparo en algunas de las interpretaciones del decreto que regula el reglamento de viviendas protegidas".

   En su auto, contra la que cabe recurso de súplica, el juez indica que el sindicato denunciante aludía a una resolución de la consejera de Fomento y Vivienda del 9 de abril, resolución que "no existe", de forma que considera que "probablemente el sindicato denunciante ha cometido el error de atribuir a la consejera la resolución del 9 de abril dictada por el director general de Vivienda, Antonio Ibáñez".
   Por tanto, el TSJA considera que la denuncia "ha de ser archivada no solo por no poder atribuirse a persona aforada ante esta sala sino por no existir ningún hecho que remotamente pudiera tener alguna significación penal".
   En el auto se relataban los hechos desde que el Juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla dictó auto de 25 de febrero de 2014 ordenado el desalojo del inmueble y estableciendo que las administraciones debían proveer lo necesario en el caso de que en el edificio se encontraran menores o personas en riesgo de exclusión.
   Se relatan los hechos posteriores, incluidas las reuniones entre Junta y Ayuntamiento con la presencia del Defensor del Pueblo Andaluz, la creación del grupo de trabajo, y la resolución del 9 de abril de la Dirección General de Vivienda ordenando el realojo transitorio de familias.
   En un comunicado de prensa emitido el 22 de abril, Manos Limpias  informaba de que la consejera andaluza de Fomento y Vivienda podría haber incurrido en un presunto delito de prevaricación "con motivo de la resolución que tomó entregando las llaves de vivienda pública a los ocupas de la Corrala Utopía".

No hay comentarios:

Publicar un comentario